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Novedades de la renta 2024

Estos son los cambios que debe conocer el contribuyente

• Aumento del mínimo exento de retención por anticipado del IRPF, que pasa de 15.000 a 15.875 euros.

• Los inversores en criptomonedas que tengan una cartera superior a 50.000 euros en el extranjero tendrán que presentar el modelo 721. 

Autónomos:
• Obligados a presentar la declaración independientemente de sus ingresos mínimos, 
• El porcentaje de reducción de los «gastos deducibles de difícil justificación» se incrementará del 5% al 7%. 
• Se establecen dos cuotas: una cuota ‘reducida’ de 225 euros en el mes para aquellos con ingresos inferiores a 14.001,48 euros en el año, y una cuota ‘general’ para los quienes ganen más de esta cifra, que oscilará entre 291 y 530 euros en el mes.
• Los autónomos que facturen menos de 85.000€ anuales bajo el régimen de franquicia no estarán obligados a declarar el IVA, ni a emitir facturas con IVA.
• Aumento del límite para deducir sus aportaciones a planes de pensiones de ocupación

La campaña de la renta 2024, correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, dará inicio entre el 3 de abril y el 1 de julio. Durante este periodo, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones de impuestos a través de Internet, por teléfono o de manera presencial, siguiendo el calendario de la Agencia Tributaria. Con el número de referencia, se podrá acceder al borrador fiscal, que incluye los datos que Hacienda tiene sobre cada contribuyente. Este año hay novedades importantes a tener en cuenta. Una de las principales es el aumento del mínimo exento de retención a cuenta del IRPF, que pasa de 15.000 a 15.875 euros, con el fin de evitar que la subida del Salario Mínimo Interprofesional cause un impacto fiscal negativo para el contribuyente. 

En casos de circunstancias familiares específicas, como tener un cónyuge con rentas inferiores a 1.500 euros al año y dos hijos, el mínimo puede llegar hasta 19.262 euros.

Los inversores en criptomonedas que tengan una cartera superior a 50.000 euros en el extranjero deberán presentar el modelo 721 para informar a Hacienda sobre sus activos fuera de España, con multas de hasta 200.000 euros por incumplimiento. 

Los autónomos también enfrentarán cambios significativos, siendo obligados a presentar la declaración independientemente de sus ingresos mínimos, al eliminarse el mínimo de 1.000 euros. Además, el porcentaje de reducción de los «gastos deducibles de difícil justificación» se incrementará del 5% al 7%. En la campaña de la renta 2024, hay cambios significativos en las cotizaciones para autónomos. Se establecen dos cuotas: una cuota ‘reducida’ de 225 euros al mes para aquellos con ingresos inferiores a 14.001,48 euros al año, y una cuota ‘general’ para quienes ganen más de esa cifra, que oscilará entre 291 y 530 euros al mes, dependiendo del nivel de ingresos. Además, los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales bajo el régimen de franquicia no estarán obligados a declarar el IVA trimestral ni anual, ni a emitir facturas con IVA, simplificando sus obligaciones fiscales. 

Otra novedad importante para los autónomos es el aumento del límite para deducir sus aportaciones a planes de pensiones de empleo. Este límite sube de 1.500 euros a 4.250 euros al año, y puede llegar a 5.750 euros si se suma a un plan de pensiones individual. Por otro lado, habrá deflactación del IRPF en el tramo autonómico en ciertas regiones de España. Navarra lo hará en un 4%, la Comunidad de Madrid en un 3,1%, y el País Vasco en un 2,5% en todos los tramos. Aragón aplicará una deflactación del 5% para tramos de ingresos hasta 50.000 euros, y Canarias también deflactará, aunque no ha especificado el porcentaje.

Andrés Vadillo

ECONOMISTA

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